Pupitreros, en las últimas bolsas como las de Cataluña y La Rioja, ya lo han pedido y lo pedirán en las próximas que salgan. Ahora toca tanto al funcionario interino, como al funcionario de carrera.
Os explicamos: Según la Ley orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015, se establece la obligación de que todos los profesionales que trabajen en contacto con menores aporten certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
En cumplimiento de dicha normativa:
1.- Todo el personal interino adjudicado a partir del día 1 de marzo de 2016 deberá aportar, junto con el resto de documentación certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Estos certificados se expedirán, de momento, en el Registro Central de Penados.
GERENCIA TERRITORIAL DE JUSTICIA
Dirección: Hernán Cortés, 24 entresuelo
Teléfono: 963943558
46071 – Valencia
2.- Todo el personal docente funcionario de carrera o interino que se encuentre en activo deberá autorizar a la Administración educativa para acceda a dicha información, mediante la cumplimentación de la autorización y declarción responsable según el siguiente modelo y entregándola al Secretario del Centro donde preste servicios.